El pasado 21 de diciembre de 2022 se publicaba finalmente el Real Decreto 1029/2022 por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes (RPSRI). Este Real Decreto procede de la obligatoriedad de la transposición de la Directiva 2013/59/Euratom, en lo relativo a la protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes.
La protección frente a la exposición a la radiación natural está contemplada en el texto del RD y, de hecho,
• Establece la obligación del Gobierno de impulsar y aprobar un Plan Nacional contra el Radón, con el objetivo de reducir el riesgo que la exposición a largo plazo a este gas supone para la salud de la población.
• Establece el nivel de referencia para la concentración de radón en recintos cerrados y se especifican las obligaciones en lo relativo al cumplimiento de este nivel.
• Establece el nivel de dosis anual a partir del cual la exposición al radón de los trabajadores deberá gestionarse como una situación de exposición planificada.
A pesar de que se clarifican los cometidos y responsabilidades de los expertos y servicios de protección radiológica que proporcionan asesoramiento específico en protección radiológica y realizan las funciones en esta materia que en ellos recaen, sigue quedando un vacío regulatorio en lo relativo a la metodología y asignación de responsabilidades referente a la medición certificada y trazable de radón.
En el Anexo VIII se contemplan los aspectos que deber tenerse en cuenta para el desarrollo del obligado y esperado plan de acción nacional destinado a hacer frente a los riesgos a largo plazo derivados de las exposiciones al radón.
Puedes encontrar el RD 1029/2022 del Reglamento sobre Protección Sanitaria contra las Radiaciones Ionizantes (RPSRI) aquí.